TRIBUNAL CONSTITUCIONAL: TC Declara Inadmisible Acción de Amparo contra JCE por Registro de Nacimiento

La Junta Central Electoral (JCE) ha sido beneficiada nuevamente tras una demanda interpuesta por un grupo familiar que buscaba el registro de nacimiento de cuatro menores. El Tribunal Constitucional (TC) declaró inadmisible la acción de amparo presentada contra la JCE, al considerar que no se cumplían los requisitos necesarios para este tipo de acción constitucional.

El caso surgió a raíz de una demanda interpuesta por Leonardo Depén Fisi y Denita Petit-Val, quienes solicitaron formalmente a la JCE el registro de nacimiento de sus cuatro hijos. Al no obtener respuesta favorable, los solicitantes recurrieron al Tribunal Constitucional (TC) para que ordenara a la institución realizar dicho registro.

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Tribunal Constitucional

El expediente fue llevado ante el TC por la propia JCE, quien presentó un recurso de revisión constitucional contra una sentencia anterior. La Tercera Sala del Tribunal Superior Administrativo había dictado en noviembre de 2021 que se admitiera el registro de los menores.

El TC analizó exhaustivamente el expediente y determinó que la acción de amparo interpuesta por Depén Fisi y Petit-Val no cumplía con los requisitos necesarios para su procedimiento. El tribunal consideró que la JCE había actuado conforme a la ley, al haber llevado a cabo un análisis exhaustivo del caso.

La decisión del TC fue una sorpresa para el grupo familiar, ya que inicialmente habían obtenido respuestas favorables de parte de la JCE y del TC. Sin embargo, tras analizar nuevamente los documentos, el tribunal concluyó que no se cumplían los requisitos necesarios para proceder con la acción de amparo.

La decisión del TC tiene implicaciones significativas para la JCE y sus funciones. Aunque la institución ha sido beneficiada en esta ocasión, el caso subraya la importancia de seguir las reglas establecidas por ley y garantizar que todas las partes involucradas reciban un trato justo y conforme a derecho.

Para los solicitantes del registro de nacimiento, este resultado representa una derrota legal. Sin embargo, también es importante recordar que el TC ha rechazado la acción de amparo, lo cual significa que la JCE sigue cumpliendo con sus funciones legales en relación con este caso.

La decisión del Tribunal Constitucional (TC) de declarar inadmisible la acción de amparo interpuesta contra la Junta Central Electoral (JCE) por el registro de nacimiento de cuatro menores de edad, es un ejemplo más de cómo las instituciones deben seguir rigurosamente los procedimientos legales establecidos. Aunque esta decisión beneficia a la JCE en este caso específico, también subraya la importancia de que todas las partes involucradas reciban trato justo y conforme a derecho.

En el futuro, es crucial que tanto la JCE como cualquier institución gubernamental sigan estos procedimientos para garantizar transparencia y equidad en sus acciones.

Fuente: https://www.diariolibre.com/actualidad/justicia/2026/01/22/tribunal-constitucional-rechaza-accion-de-amparo-contra-la-jce/3413005